Desde que entró en vigor la ley 3/2015 de Vivienda del País Vasco, es decir desde el 26 de septiembre de 2015, los arrendadores de inmuebles, ya sean locales o viviendas, tienen la obligación de depositar la fianza en el Gobierno Vasco.

No obstante el desarrollo reglamentario que establece el procedimiento para el depósito de estas fianzas estaba pendiente de aprobación.

El 30 de marzo de 2016, ha entrado en vigor el reglamento que entre otras cosas establece el procedimiento para el depósito de dichas fianzas.

Si eres arrendador y has firmado un contrato de alquiler o renovado entre el 26 de septiembre y el 29 de marzo de 2016, tienes hasta el 29 de junio de 2016 para depositar esta fianza en Bizilagun.

En cambio si has firmado el contrato de alquiler o renovado a partir del 29 de marzo, el plazo para el depósito de la fianza será de un mes desde la firma del contrato.

El recargo por hacer el depósito fuera de plazo asciende a un 2% de la fianza o en el caso de que sea la Administración quien te requiera será del 10%.

En la Ley de Vivienda se establece el importe de la fianza en cada caso;

  • Una mensualidad de renta en contratos de arrendamiento de vivienda.
  • Dos mensualidades de renta en los contratos de arrendamiento cuyo destino primordial sea distinto al de vivienda y al de temporada, por ejemplo, un local.
  • En los arrendamientos de temporada de duración inferior al año, tanto de viviendas, como de locales, la cuantía de la fianza será proporcional al plazo de duración del contrato.

Para tramitar el depósito de la fianza, se deberá acudir a los Servicios de Bizilagun y presentar la siguiente documentación:

  • Formulario cumplimentado
  • Copia del contrato de arrendamiento firmado
  • Justificante del pago de la fianza
  • Copia del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles

El ingreso de la fianza podrá hacerse presentando la liquidación que facilita Bizilagun o bien la que se obtiene en internet, en la entidad bancaria. No es posible hacer el depósito en metálico en Bizilagun.

Una vez efectuado el depósito, en el plazo de un mes hay que comunicárselo al arrendatario, mediante la entrega de una copia de la documentación justificativa del cumplimiento de la obligación de depósito de fianza que se facilitará en Bizilagun.

Teniendo en cuenta las enormes esperas que hay en la oficina de Bizilagun de Vizcaya, y la imposibilidad de conseguir comunicar telefónicamente con este Servicio, si quieres que te ayudemos en este trámite, ponte en contacto con nosotros.

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